Politica de privacidad - Terminos y condiciones

Banco Promerica Va CONTRATO DE SERVICIOS ELECTRONICOS BANCARIOS Y ASIGNACION DE USUARIO MASTER. Entre nosotros: BANCO PROMERICA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona juridica numero tres — ciento uno — ciento veintisiete mil cuatrocientos ochenta y siete, con domicilio en San José, Escazu, San Rafael, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Numero Dos, , sociedad que consta inscrita en el Registro Nacional, seccién Mercantil con vista en la cédula juridica indicada, en adelante denominada PROMERICA, y por la otra parte, la persona fisica indicada al final del contrato con facultades suficientes para este acto, en adelante y para los efectos del presente contrato denominado EL CLIENTE, hemos convenido en celebrar el presente “Contrato de Prestacion de Servicios Bancarios via canales electronicos y asignacion de Usuario Master’. Se entendera por Usuario Master a la persona fisica designada por el CLIENTE para la administraci6n de Promerica en Linea. Queda entendido que la asignaci6n de Usuario Master del CLIENTE se realiza en lo que se refiere exclusivamente al uso Oo administracidn en Promerica en Linea, que es la pagina electronica por medio de la cual puede realizar operaciones y movimientos afectando sus cuentas sobre los diversos productos del Banco. Mediante la figura del. Usuario Master asignado, El CLIENTE podra autorizar a personas fisicas que laboren o no para El CLIENTE, pudiendo incluso asignar personas de distintas empresas, siempre que se cumpla con alguna de las siguientes condiciones: a.) Que exista coincidencia de representantes legales con amplias facultades en cada una de ellas, o b) Que de no cumplirse la primero condicion, los representantes legales con amplias facultades de dichas empresas estén de acuerdo en la designacion. La presente designacién pretende permitir que en Promerica en Linea EL CLIENTE pueda agrupar las sociedades en una “RelaciOn Empresarial”, designando el o los Usuarios Master que administraran la asignacion de los permisos a los productos de esas sociedades a terceras personas segun él lo defina. Este contrato consiste en la prestacidn de servicios bancarios y de informacion a través de los canales electrdnicos (los cuales incluyen canales moviles, kKioscos o servicios web de acceso remoto por medio de Internet o cualquier otro canal electrdénico) provistos por PROMERICA para uso del CLIENTE y las personas que llegue a autorizar conforme lo que aqui se establece. El CLIENTE manifiesta conocer los servicios bancarios mencionados y la forma en que PROMERICA los opera y esta de acuerdo en asumir la responsabilidad por su uso y acceder a ellos a través de los canales electronicos, de conformidad con las condiciones que PROMERICA le indique. EL CLIENTE acepta que para acceder a los servicios bancarios via canales electronicos debera mantener activo uno o mas de los siguientes productos que PROMERICA ofrece, entre los que destaca sin que pueda limitarse a ellos, cuenta corriente, cuenta de ahorros, tarjeta de crédito o débito, préstamos e inversiones a plazo. Asimismo el CLIENTE acepta que debera mantener vigentes en su expediente con PROMERICA los requisitos establecidos en la Ley 8204 “LEY SOBRE ESTUPEFACIENTES, SUSTANCIAS PSICOTROPICAS, DROGAS DE USO NO AUTORIZADO, LEGITIMACION DE CAPITALES Y ACTIVIDADES CONEXAS’ y sus reformas de lo contrario PROMERICA podra suspender los servicios bancarios via canales electronicos sin responsabilidad de su parte. EL CLIENTE también esta de acuerdo y autoriza a PROMERICA para que utilice la informacion que se encuentra respaldada en los expedientes internos que posee, con el objeto de que PROMERICA ejecute las instrucciones del CLIENTE, mediante transacciones efectuadas por medio de los canales electronicos sobre los productos bancarios activos que éste mantiene con PROMERICA. El contrato se regira por los usos, buenas costumbres, legislacion vigente de la Republica de Costa Rica y ademas por las siguientes clausulas: Primera: PROMERICA ofrece al CLIENTE los servicios bancarios via canales electronicos, los cuales son canales que ofrecen la facilidad de realizar consultas y transacciones bancarias de manera remota y sin necesidad de que el cliente tenga que trasladarse a una sucursal fisica y en el que el CLIENTE puede utilizar los siguientes servicios que pueden variar en disponibilidad o alcance dependiendo del canal utilizado: a) Consultar informacion sobre los diferentes productos que el CLIENTE tiene activos con PROMERICA, verificar saldos de su(s) cuenta(s), tarjeta(s) de crédito, préstamo(s), linea(s) de crédito, certificado(s) de deposito a plazo, consultar estados de cuenta por el periodo que permita el sistema en el momento en que se realiza la consulta, y sobre cualquier otro producto que se incluya en el futuro; b) Verificar los movimientos de sus cuenta(s) por dia o por rango de fechas, por el periodo que permita el sistema; c) Realizar pagos, mediante débito a cuentas a; préstamos, tarjeta de crédito, pago de Servicios Publicos y privados; d) Realizar transferencias entre las cuentas relacionadas del mismo cliente o de terceros en el mismo PROMERICA y establecer condiciones para transferencias recurrentes; e) Realizar transferencias hacia cuentas en otros Bancos del Sistema Bancario Nacional mediante la plataforma SINPE del Banco Central de Costa Rica en el horario definido por Promerica, publicado en el sitio web https:\\www.promerica.fi.cr; f) Realizar transferencias hacia Bancos o entidades financieras ubicadas en el exterior; g) Suspender el pago de cheques girados contra las cuentas del CLIENTE; h) Recibir notificaciones por parte de PROMERICA; i) Enviar mensajes a PROMERICA a través de correo electrdénico; j) Cualesquiera otros servicios que sean implementados por PROMERICA. Segunda: PROMERICA se reserva el derecho de incorporar servicios adicionales al presente contrato, los cuales seran regulados por los mismos términos y condiciones y pasaran a formar parte integral de él. En estos casos, PROMERICA informara al CLIENTE sobre los nuevos servicios y sus condiciones por medio de la pagina o sitio WEB httos:\\www.promerica.fi.cr, por correo electrénico o por cualquier otro medio que estime conveniente. Queda entendido que éste es el Unico aviso que recibira el CLIENTE, y que al aceptarlas y utilizarlas, quedan sometidas al presente contrato sin necesidad de manifestar un nuevo consentimiento. Tercera: Para el ingreso a los diferentes servicios bancarios via canales electronicos que ofrece PROMERICA se suministrara al CLIENTE un usuario que consiste en una clave de acceso temporal que es aceptada por el CLIENTE y cuando se requiera, un método de autenticacién adicional, sin perjuicio de que, como adelante se sefalara, por autorizacion del cliente puedan exisir otro u otros usuarios . Queda entendido que el usuario, la clave de acceso y cualquier otro dato que deba ingresar el CLIENTE para hacer uso de los servicios objeto del presente contrato son de cardacter personal, secretos e intransferibles, lo cual igualmente se aplicara en casos de coexistir mas de un usuario, por lo que se obliga al cliente a no permitir el uso por parte de terceros, siendo su responsabilidad cualquier daho que se ocasione a su patrimonio o al de terceros. PROMERICA advierte al CLIENTE que por ningun motivo y por ningun medio, ya sea de manera oral o escrita, digital o impresa, sus funcionarios solicitaran su usuario, clave de acceso o cualquier otro dato para el ingreso a los servicios bancarios via canales electronicos. En virtud de ello, si el CLIENTE recibe tal solicitud debera abstenerse de brindar la informacién e inmediatamente denunciar ante PROMERICA la situacion al teléfono 2519-8090. Asimismo el CLIENTE se obliga a que en el momento en que utilice por primera vez los servicios bancarios via canales electronicos de PROMERICA, debera ingresar con la clave de acceso que le haya proporcionado PROMERICA y debera inmediatamente proceder a cambiar dicha clave, para asegurar de este modo que la misma sea secreta. El CLIENTE da por aceptado que la clave de acceso que le permite acceder a los servicios bancarios de PROMERICA via canales electronicos, es un medio de identificacién sustitutivo de su firma autografa y producira los mismos efectos que las leyes conceden a los documentos firmados de puno y letra por el CLIENTE y en consecuencia tendran el mismo valor probatorio que dicha firma tiene, por tanto toda instruccién o transaccion ejecutada se considerara realizada por el CLIENTE. La clave podra estar compuesta por numeros y por letras y no podra ser menor a seis digitos ni mayor de veintiuno, la clave no podra consistir en numeros consecutivos, Oo por repeticion instantanea de numeros. En caso de que el CLIENTE olvide, extravie, sospeche o tenga conocimiento objetivo o circunstancial del uso no autorizado de su usuario y/o de su clave de acceso, debera informarlo de forma inmediata al Centro de Interaccién con el Cliente de PROMERICA al teléfono 2519-8090 o visitando directamente una Sucursal con la finalidad de que se realice la revisi6n y verificacion correspondiente y se le asigne una nueva clave de acceso. El CLIENTE podra cambiar su clave de acceso las veces que lo considere oportuno, sin embargo al cambiar dicha clave no podra reutilizar ninguna de las ultimas cinco claves de acceso que haya utilizado con anterioridad. El plazo maximo de vencimiento de la clave de acceso sera de noventa dias naturales después de establecida, debiendo el CLIENTE cambiarla transcurrido ese periodo. Después del vencimiento de dicho plazo, si la clave no es cambiada sera invalida y no podra acceder a los servicios bancarios de PROMERICA via canales electrénicos y el CLIENTE debera solicitar una nueva clave de acceso a PROMERICA. El CLIENTE asumira toda responsabilidad, civil, penal, contractual y extracontractual, si por descuido, por su decision o por acciones de terceros, la clave de acceso fuere de conocimiento de otras personas, eximiendo de antemano a PROMERICA de cualquier transaccion, siendo que una vez realizada una transaccién via canales electronicos mediante el uso de la clave de acceso citada, se reputara para todos los efectos como transacciones efectuadas por el CLIENTE. El CLIENTE acepta que el uso y custodia de las claves confidenciales de acceso que utilizara para ingresar y operar este servicio constituyen su identificacion y equivalen a su firma en las transacciones realizadas utilizando los canales electrénicos provistos por PROMERICA y tendran los mismos efectos que la ley otorga a los formularios utilizados en forma impresa, y en consecuencia, tendran su mismo valor probatorio. Dichos comprobantes constituyen también la creacién, transmision, modificacion y extincidn de los derechos y obligaciones relativas a las operaciones que en ellos se documenta. Desde ahora el CLIENTE libera de toda responsabilidad civil, penal, contractual y extracontractual a PROMERICA por el uso y disposicién que se realice con las claves entregadas para el servicio. Consecuentemente el CLIENTE asume la responsabilidad por cualquier uso y por la custodia de los mecanismos de seguridad que hagan terceras personas con su_ autorizacion. PROMERICA. no se hace responsable por la informacion personal que revele el CLIENTE mediante una llamada telefonica o correo electrénico pues tal y como se indica en la clausula segunda estos no son medios por los cuales PROMERICA solicita esta u otra informacion a sus clientes. Adicionalmente, el CLIENTE que cuente con el servicio de Firma Digital (de la Autoridad Certificadora CA-SINPE Persona Fisica) activo podra a su discrecion utilizarlo como método de autenticaci6n en los canales electronicos provistos por PROMERICA que permitan este tipo de autenticacion, en combinacion con su usuario y clave de acceso. El CLIENTE exonera a PROMERICA de toda responsabilidad por: Transacciones que no puedan realizarse, debido pero no limitadas a causas no imputables a PROMERICA tales como, falta o insuficiencia de fondos en las cuentas, incorrecta operacion de la terminal electrénica del usuario, dafhos en los sistemas electronicos o telefonicos de transmision de datos, problemas causados por el proveedor de servicios de Internet, fallas o baja velocidad en la conexion, suspensio6n o cancelacion de servicios, fallas en los equipos, etc. Transacciones que no puedan realizarse por fuerza mayor o caso fortuito. Negligencia, uso indebido o inadecuado por parte del CLIENTE o de un Usuario autorizado por éste, sobre el servicio que se ofrece. Mal uso o uso indebido de los programas o software que el CLIENTE adquiera o utilice para tener acceso a este servicio. El CLIENTE exime a PROMERICA de toda responsabilidad civil, penal, extracontractual y contractual por cualquier error en el monto, por transferencias a terceros no deseados o por pagos de servicios incorrectos en que incurra por error el CLIENTE al momento. de realizar transferencias de fondos a terceros, desligando a PROMERICA de la responsabilidad de recuperacion de estos fondos. De igual manera, esta eximente de responsabilidad aplica en al uso que realicen los autorizados de las cuentas del CLIENTE en virtud de la autorizaci6n consignada. PROMERICA solo respondera en relacién con los productos bancarios aqui regulados, por culpa grave y hasta el monto de la suma afectada en la transaccion reclamada. Las obligaciones derivadas de este contrato seran responsabilidad unica y exclusiva de Banco Promerica de Costa Rica S.A., con exclusidn de cualquier sucursal, empresa afiliada o relacionada. En razon de ello, el CLIENTE renuncia a solicitar o requerir el pago a cualquier otra entidad diferente de Banco Promerica de Costa Rica S.A. y en lugar diferente al territorio de la Republica de Costa Rica. Cuarta: El CLIENTE ya sea personalmente en una sucursal del BANCO o utilizando los canales electrénicos provistos por PROMERICA que lo permitan mediante su usuario, clave y/o cualquier otro método de autenticacion adicional podra habilitar o deshabilitar sujetos autorizados, que son personas diferentes a él que podran consultar y realizar transacciones en los servicios amparados en dichos canales electrénicos provistos por PROMERICA, de acuerdo a las atribuciones y facultades que el CLIENTE les defina sobre los productos y/o servicios del CLIENTE, actuaci6n que sera individual con independencia de lo que se indique en el contrato respectivo (cuenta corriente, cuenta de ahorros, tarjeta de crédito o débito, préstamos e inversiones a plazo, cuenta corriente, u otro), lo que para todo efecto se entendera como una modificacién para el uso electrénico. A cada uno de estos usuarios autorizados se les asignara un usuario y una clave de acceso para su propio uso y las mismas son de caracter personal, secretos e intransferibles, por lo que se obliga a no permitir el uso por parte de terceros, siendo su responsabilidad cualquier dano que se ocasione a su patrimonio o al de terceros. Queda claro que este usuario y clave otorgados a los autorizados es diferente al usuario y clave del CLIENTE, pero éste asume en forma plena total e ilimitada la responsabilidad y consecuencias de su utilizacion. Es totalmente prohibido que el CLIENTE y sus autorizados compartan la misma clave y usuario. Esta autorizacion para el uso de los canales electronicos provistos por PROMERICA por parte de terceras personas llamados autorizados, el CLIENTE la brinda bajo su propio y total riesgo y asume la responsabilidad. Los autorizados tendran las mismas obligaciones, deberes y responsabilidades que se establecen para el CLIENTE en el presente contrato y quedan sujetos en todos sus extremos a lo que aqui se indica. Por tal motivo el CLIENTE se compromete a que hara del conocimiento de los autorizados que él defina los alcances del presente contrato. La actualizacidn de los permisos a nuevos productos correspondera crearlos al Usuario Master de manera tal que queda bajo su responsabilidad lo que terceras personas, autorizados o usuarios debidamente autorizados realicen. Queda claro que es responsabilidad del CLIENTE el otorgar o eliminar los respectivos permisos a los autorizados en forma diligente, oportuna, escrita y clara. Como consecuencia de lo dispuesto, el Banco queda liberado de cualquier responsabilidad por el mal uso de las claves Banca Movil, Internet, cualquiera que sea el monto y el origen de los servicios autorizados mediante la Promerica en Linea. Quinta: El CLIENTE acepta que para el uso de los servicios bancarios que comprende el presente contrato a través de los canales electronicos provistos por PROMERICA debe utilizar las referencias y direcciones oficiales que PROMERICA tiene publicadas en su pagina oficial httos:\\www.promerica.fi.cr para cada uno de los diferentes canales electronicos. No obstante ello, PROMERICA se reserva el derecho de implementar nuevas direcciones oO paginas web, en cuyo caso PROMERICA dara aviso al CLIENTE a través de los medios oficiales que tiene PROMERICA. PROMERICA no se hara responsable por los posibles dafos y/o perjuicios que pueda sufrir el CLIENTE, si efectuara transacciones financieras en una pagina Web diferente de la especificada o bien, que suministre su informacion personal, usuario, clave de acceso o método de autenticacion a agentes no autorizados, asi como a terceras personas. Sexta: El CLIENTE accedera a los servicios bancarios via los canales electronicos provistos por PROMERICA mediante una computadora, teléfono movil u otro dispositivo conectado a Internet, debiendo proporcionar la informacion que se le requiera, la cual necesariamente incluira un usuario, la clave de acceso y cuando se requiera, un método de autenticaciOn adicional. La clave de acceso y métodos complementarios de autenticacion le seran proporcionados al CLIENTE por PROMERICA para que pueda acceder a estos servicios. El CLIENTE se compromete obligatoriamente a impedir su uso por terceros, asume las consecuencias de su divulgacion, y libera a PROMERICA de toda responsabilidad civil, penal, contractual, extracontractual y/o administrativa que de ello se derive. El Cliente certifica y garantiza que él tiene el poder y la autoridad para firmar este acuerdo y que la persona o personas que haran uso de este contrato por cuenta de la sociedad cuentan con la autorizacion plena y la capacidad legal de contraer obligaciones a nombre de la compania. Séptima: Todas las Ordenes, autorizaciones e instrucciones que el CLIENTE le dé a PROMERICA, deben ser dadas mediante los formularios que para el efecto disponga PROMERICA en los diferentes canales electronicos que ofrece o por medio de los formularios fisicos que deben llenarse personalmente en alguna sucursal del Banco. No obstante en el caso que el CLIENTE no use ninguno de los medios antes indicados para girar instrucciones, Ordenes o autorizaciones, las mismas podran constar por escrito y ser dadas con la antelacion y de manera clara y precisa, en cuyo caso PROMERICA podra atenderlas a su discreci6n cuando a su juicio sean claras y precisas. PROMERICA atendera en todo momento las instrucciones que imparta el CLIENTE en la forma establecida y siempre y cuando la cuenta que se pretenda afectar cuente con fondos suficientes, cuando esto se requiera. Sin embargo, en caso de incumplimiento o cumplimiento perfecto de éstas, PROMERICA no sera responsable si las mismas fueran imprecisas, vagas, contradictorias, confusas o induzcan a error o si las mismas no fueron dadas oportunamente. Adicionalmente, el CLIENTE acepta plena responsabilidad por todas las instrucciones dadas, por lo que autoriza a PROMERICA a procesarlas y reconoce que PROMERICA no tendra la obligacién adicional de verificar su contenido, la identidad del remitente o confirmante. No obstante, el CLIENTE reconoce que PROMERICA tendra absoluta discrecion, en atencion a cualquier razon, sea la que fuere, para actuar 0 no, y/o requerir la confirmacioén o verificacién de cualquier instruccion recibida mediante el método seleccionado por el CLIENTE. Por este medio, el CLIENTE conviene irrevocablemente, en que salvo por culpa grave, mala fe o acto doloso por parte de PROMERICA y siempre y cuando actué de conformidad con las instrucciones giradas por el CLIENTE © su autorizados, PROMERICA sera liberado de toda responsabilidad u obligacién que resulten o pudieran resultar de cualquier demora, acto u omision en respuesta a dichas instrucciones, junto con todos y cualesquiera costos y gastos relacionados, ni asume PROMERICA responsabilidad alguna por la idoneidad o conveniencia para el CLIENTE de dichas instrucciones. Octava: El CLIENTE acepta que PROMERICA bloquee temporalmente el acceso a los servicios bancarios via canales electronicos provistos por PROMERICA, cuando al intentar hacer uso de los mismos, el CLIENTE haya efectuado tres (3) intentos infructuosos al digitar su clave de acceso. PROMERICA queda autorizado a suspender o impedir el uso de la clave de acceso estos servicios cuando de acuerdo con su criterio lo considere contrario a sus intereses 0 a los intereses del CLIENTE. En caso de que esto suceda el CLIENTE debe ponerse en contacto con PROMERICA por los medios habilitados para la rehabilitacion del servicio, los cuales estaran publicados en el sitio https:\\www.promerica.fi.cr Novena: EL CLIENTE acepta y manifiesta entender que los servicios bancarios via canales electronicos de PROMERICA es complementario a los contratos de cuenta corriente bancaria, cuenta de ahorro, transferencias de fondos, pago de servicios, de emision y uso de tarjeta de crédito, tarjeta de débito, certificados de depodsito e inversion, préstamos, lineas de crédito y cualesquiera otros contratos que a criterio de PROMERICA puedan beneficiarse de estos servicios, suscritos con PROMERICA y por lo tanto, rige para esos contratos lo estipulado en el presente documento. Décima: PROMERICA prestara los servicios bancarios via canales electronicos en la forma que determine libremente, inicialmente los servicios seran en horarios extendidos mayores a los horarios de oficina y algunos de forma ininterrumpida 24/7 los 365 dias del afo siempre dentro de las restricciones definidas por el Banco Central de Costa Rica. No obstante, se reserva el derecho de interrumpir o suspender, parcial o totalmente los servicios indicados ya sean para darles mantenimiento o por cualquier otra circunstancia que estime necesaria a juicio exclusivo de PROMERICA o fuerza mayor. EL CLIENTE acepta lo anterior, y renuncia a formular cualquier reclamo sea administrativo, civil, penal, judicial, contractual y/o extracontractual ante cualquier entidad sea gubernamental o privada. Décima Primera: El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las obligaciones especificadas y asumidas por él, asi como de cualquiera de las condiciones convenidas, ocasionara en forma inmediata la finalizacidn de los servicios bancarios via _ canales electronicos provistos por PROMERICA y otorgara a PROMERICA la facultad de interrumpir la prestacion de los servicios indicados. PROMERICA se reserva el derecho de modificar, en cualquier momento, los terminos y condiciones y modalidades del presente documento, pudiendo incluso variar o introducir montos, porcentajes, tasas, comisiones y cargos relacionados, todo lo cual debera ser aceptado por el CLIENTE. En estos casos las modificaciones seran comunicadas al CLIENTE en su direccién electronica prevista y/o el estado de cuenta o por cualquier otro medio que sea definido por PROMERICA, destacando como parte de su contenido la fecha a partir de la cual entrara a regir la modificacion. El CLIENTE debera aceptarlo o rechazarlo. Por lo que el CLIENTE acepta en este acto que la aceptacion sera tacita y el rechazo expreso, este ultimo caso debera enviarse a la direcci6n que se disponga en la comunicacién de la modificacién. Por tanto, en el caso que a la fecha en que empiece a regir la modificacidn no hay oposicién por parte del CLIENTE, se entendera como aceptados los términos. Mientras que en el caso, que se reciba la oposicion o rechazo del CLIENTE, el presente contrato se entendera rescindido a partir de dicho momento. Las modificaciones que PROMERICA haga a este contrato se comunicaran al CLIENTE mediante cualquiera de los medios que disponga PROMERICA. Décima Segunda: El CLIENTE acepta en forma expresa como pruebas de la existencia de las ordenes cursadas, los datos registrados en los sistemas de cOmputo que al efecto tiene PROMERICA, asi como aquellos registrados por cualquier otro medio de prueba valido segun la normativa costarricense para acreditar las Ordenes impartidas. Para tal efecto, el CLIENTE autoriza a PROMERICA para que utilice cualquier sistema idoneo para acreditar la existencia y autenticidad de las érdenes emitidas por aquel. Décima Tercera: El CLIENTE autoriza a PROMERICA a compensar con fondos propiedad del CLIENTE depositados en PROMERICA, debitando de sus cuentas, el monto de cualquier adeudo por concepto de comision, monto, porcentaje, tasas y/o cargo relacionado con el uso de cada uno de los servicios bancarios via canales electronicos provistos por PROMERICA, en especial si corresponden a gastos, impuestos o tasas tanto actuales como eventuales o futuros. Décima Cuarta: El CLIENTE reconoce y acepta el derecho contractual que asiste a PROMERICA para que en cualquier momento pueda modificar los términos, condiciones y modalidades del presente contrato, pudiendo incluso variar o introducir montos, porcentajes, tasas, comisiones y cargos relacionados, todos los cuales deberan ser aceptado por el CLIENTE. En estos casos la comunicacién de la modificaci6n sera publicada a su mejor conveniencia en la pagina web www.promerica fi.cr y en el estado de cuenta, en cumplimiento del derecho de informacién estipulado en las leyes vigentes, usos y buenas costumbres. El CLIENTE autoriza que la aceptacion a la modificaci6n sea tacita y el rechazo expreso, en este ultimo caso debera enviarse a la direccion que se disponga en la comunicacién de la modificacion. Por tanto, en el caso que a la fecha en que empiece a regir la modificacion, el CLIENTE no manifiesta su inconformidad con la modificacion se entendera aceptada y aprobada con el transcurso de un mes calendario de comunicada tal modificaci6n. Mientras que en el caso, que se reciba la oposicidn o rechazo del CLIENTE dentro del plazo propuesto, el presente contrato se entendera por rescindido a partir de dicho momento. Por lo que el CLIENTE acepta en este acto que la aceptacién sera tacita y el rechazo expreso, este ultimo caso debera enviarse a la direccion que se disponga en la comunicacion de la modificacion. Décima Quinta: El CLIENTE acepta que PROMERICA se reserva la facultad de implementar el uso de dispositivos externos de seguridad o de doble validacién para ingresar a cualquiera de los canales electroénicos provistos por PROMERICA sobre los cuales brinda servicios bancarios, en cuyo caso correspondera a los clientes asumir dicho costo de acuerdo con la tarifa vigente, que sera publicada en la pagina web de PROMERICA y pudiendo ser consultado en cualquier sucursal fisica de PROMERICA. Décima Sexta: El CLIENTE acepta y reconoce todos los movimientos y transacciones que sus autorizados realicen en sus productos con PROMERICA de acuerdo a las atribuciones que él mismo les llegue a fijar. Desde ahora el CLIENTE libera de toda responsabilidad civil, penal, o de cualquier tipo ya sea contractual y/o extracontractual a PROMERICA, por el uso y disposicié6n que realicen sus autorizados con las claves entregadas para el uso de los servicios bancarios por medio de canales electronicos provistos por PROMERICA. Consecuentemente, el CLIENTE asume la responsabilidad por cualquier uso y por la custodia de los mecanismos de seguridad que hagan estos autorizados con base en las atribuciones que él les definio. Décima Séptima: Es responsabilidad del CLIENTE proceder a deshabilitar de forma inmediata en Promerica en linea o haciendo la gestion personalmente en una sucursal fisica de PROMERICA a los autorizados que haya designado cuando asi el CLIENTE lo requiera. Desde ahora el CLIENTE libera de toda responsabilidad civil, penal, o de cualquier tipo ya sea contractual y/o extracontractual a PROMERICA por el uso y disposicion que realicen sus autorizados con las claves entregadas para el servicio, en caso de que el CLIENTE no los deshabilite en Promerica en linea o haciendo la gestidn personalmente en una sucursal fisica de PROMERICA de forma oportuna cuando asi lo requiera. Décima Octava: Para efectos de la solicitud de usuarios y claves de acceso a cualesquiera de los canales electrénicos provistos por PROMERICA los poderes de cualquier clase que hayan sido puestos en conocimiento de PROMERICA, asi como el registro de las firmas autorizadas para el manejo de una cuenta seran consideradas en vigor y validos hasta que PROMERICA haya recibido aviso por escrito instruccion por parte del CLIENTE de la revocacion 0 vencimiento de tales poderes o autorizaciones, con la salvedad de que la autorizaci6n que el Cliente otorgue conforme a este contrato se entendera individual con independencia de lo que se estipule en el respectivo contrato (cuenta corriente, cuenta de ahorros, tarjeta de crédito o débito, préstamos e inversiones a plazo, cuenta corriente u otro ) . La modificacién o revocatoria de un poder, asi como cualquier cambio en las relaciones existentes entre los titulares de una cuenta respecto de la capacidad o facultad de disposicion del titular o titulares o de sus representantes o de las personas. autorizadas para firmar en las misma, solo obligaran a PROMERICA a partir de la fecha en que se le notifique por escrito debidamente recibido, de tales hechos. Décima Novena: Cualquier cambio o modificaci6n que ocurra en la identidad, existencia o estructura legal del CLIENTE, sdélo producira efecto cuando hayan sido notificados por escrito y debidamente recibidos a PROMERICA. Vigésima: El CLIENTE acepta que PROMERICA cobrara las tarifas y costos relacionados con los servicios bancarios prestados mediante los canales electronicos, de conformidad con el Tarifario que disoone PROMERICA publicado en https:\\www.promerica.fi.cr EL CLIENTE acepta y autoriza a PROMERICA a debitar de la cuenta del CLIENTE 0 a cargar en su tarjeta de crédito el costo de los servicios que utilice mediante cualesquiera de los canales electronicos provistos por PROMERICA o utilizando los canales fisicos tradicionales segun el tarifario indicado. Queda claro que las tarifas y costos pertinentes seran objeto de ajustes periddicos a criterio de PROMERICA. En dicho caso PROMERICA comunicara el cambio de tarifas al CLIENTE mediante publicacién en la_ pagina httos:\\www.promerica.fi.cr la cual el CLIENTE puede consultar. En cualquier caso el CLIENTE acepta el pago del servicio, por lo cual obligado a consultar de precio si desea conocer el costo antes de hacer uso del servicio. Vigésima Primera: La cuantia del presente contrato se considerara inestimable, debido a que las obligaciones que el CLIENTE y que PROMERICA asumen son variables y no susceptibles de estimacion. Vigésima Segunda: El presente contrato no otorga ninguna licencia, sub licencia, autorizacion, derecho, titulo de propiedad o interés en las razones sociales, Marcas Registradas de las partes o el buen nombre adherido a las mismas, ni le dara a las partes el derecho de usar, aprovechar, referirse Oo incorporar en materiales de comercializacion u otros, el nombre, los logotipos, las Marcas Registradas, sefales, signos distintivos, cualquier otra forma de imagen comercial corporativa u otros elementos distintivos que pertenezcan a la propiedad intelectual de la duefna del derecho o sobre las cuales tenga licencia de uso. Vigésima Tercera: El CLIENTE autoriza expresamente a PROMERICA para que le envie informacién relacionada con el presente contrato, productos, promociones, programas y/o proyectos de PROMERICA, empresas. relacionadas y socios comerciales. El envio de esta informacion podra realizarse mediante cualquier medio, telefdnico, escrito y/o electronico (entre ellos, mensajes de texto, correos electrénicos u otros). Por tanto, el CLIENTE declara expresamente que para todos los efectos, sin importar el medio utilizado por PROMERICA como deseada toda comunicacion generada por PROMERICA, empresas relacionadas y socios comerciales. En consecuencia, en el caso de que el CLIENTE no desee recibir esta informaciédn debera comunicarlo expresamente y por escrito a PROMERICA. Vigésima Cuarta: El CLIENTE se obliga a proporcionar en la periodicidad que PROMERICA le indique, toda aquella informacion requerida para efectos de cumplir con lo estipulado por la normativa vigente de la Superintendencia General de Entidades Financiera, la relacionada con legitimacion de capitales y las disposiciones internas de PROMERICA. Vigésima Quinta: Las partes dejan constancia expresa de que lo convenido en el presente contrato, es el resultado de negociaciones y concesiones mutuas que favorecen a todos ellos. Por tanto, el presente contrato refleja la voluntad de las partes, debidamente bajo los principios de buena fe y responsabilidad en los negocios, por lo que, ningun error material o de forma que pudiera contener el presente documento, sera impedimento para el cumplimiento de los fines que se deduzcan del contenido del mismo. En virtud de lo anterior, las partes manifiestan conocer y entender el valor y consecuencias legales de sus estipulaciones en el presente contrato y manifiestan expresamente que es su voluntad la realizacion del mismo. La nulidad o ilegalidad de alguna de las estipulaciones de este contrato, declarada por autoridad competente, no afectara la validez, legalidad y exigibilidad de las restantes. Vigésima Sexta: Para los efectos de este contrato, las comunicaciones se consideraran debidamente recibidas por el CLIENTE que se dirijan al ultimo domicilio o correo electrénico registrado en PROMERICA. Por tanto, el CLIENTE se obliga a comunicar los cambios de domicilio o correo electronico a PROMERICA por escrito, de lo contrario se considerara como subsistente, para todos los efectos legales, la ultima direccion registrada o ultimo correo electronico registrado. Queda claro que PROMERICA no asumira responsabilidad alguna por los perjuicios que se puedan ocasionar al CLIENTE como consecuencia de errores, extravios, demoras, deficiencias o alteracion de las comunicaciones. Vigésima Séptima: Considerando que los servicios bancarios via canales electronicos provistos por PROMERICA se relacionan con otros productos, se establece que la duracion de este contrato sea indefinida en tanto se mantengan vigentes esas relaciones bancarias. No obstante, el CLIENTE acepta que, en cualquier momento PROMERICA sin incurrir en ninguna responsabilidad puede dar por terminado el presente contrato con un aviso previo. Vigésima Octava: Cualquiera de las partes puede darlo por terminado en cualquier momento de manera unilateral, para lo cual bastara un aviso por escrito a la otra. Al producirse este evento, el CLIENTE debera devolver inmediatamente cualquier instrumento facilitado por PROMERICA para la ejecucion de este contrato. Vigésima Novena: Considerando que el presente servicio parte del uso y manejo de un sistema, en caso de tener dudas o consultas sobre su uso y manejo el CLIENTE debera comunicarse con PROMERICA al 2519- 8090. Trigésima: Este contrato debe interpretarse y regirse de conformidad con la legislaci6n de la Republica de Costa Rica. La nulidad o ilegalidad de alguna de las estipulaciones de este contrato, declara por autoridad competente, no afectara la validez, legalidad y exigibilidad de las restantes. Trigésima Primera: El CLIENTE, a titulo personal y como apoderado de las personas fisicas o juridicas que se indican, autoriza a PROMERICA, sus funcionarios y a la Superintendencia General de Entidades Financieras, a obtener, verificar y utilizar la informacion general, de caracter personal y de crédito, sobre su persona, asi como a brindar, transferir e intercambiar la informacion proporcionada y recopilada con el objeto de que se incluya dentro de las bases de datos publicas o privadas de PROMERICA y el Sistema Financiero Nacional. Del mismo modo, para los efectos de lo dispuesto en los articulos 5 inciso 2) de la Ley de Proteccidén de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, expresamente el CLIENTE autoriza a PROMERICA para que, directamente o indirectamente, consulten bases de datos privadas y publicas y tengan acceso a los datos personales de acceso irrestricto, de acceso restringido y de datos sensibles, con el propésito de verificar o confirmar la informacion que se ha proporcionado y recopilado, y cualquier otra que PROMERICA considere necesaria para la prestacion y tramitacioén de los diversos productos y servicios ofrecidos por PROMERICA. Esta autorizacion comprende también los estudios correspondientes de las sociedades donde el CLIENTE figure como representante legal. El Cedral, Centro Corporativo Trejos Montealegre, Escazu. San José, Costa Rica Tel: (506) 2505-7000 | Apdo. Postal 1289-1200. www.promerica.fi.cr